EMPRENDEDOR – EMPRESARIO INDIVIDUAL – AUTÓNOMO
Es una persona física que realiza de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, dé o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena.
AVISO: Los trámites necesarios para poder ejercer una actividad económica dependerán de la actividad a realizar y lugar donde va a desarrollarse, ya que cada actividad puede tener una normativa específica y los trámites de las diferentes autoridades públicas pueden variar. A continuación, se exponen los trámites básicos que todo emprendedor debe realizar para constituirse como empresario individual.
Trámites básicos empresario individual o autónomo
RECUERDA: Consulta a tu Agente de Empleo y Desarrollo Local más cercano.
Detalles de los trámites
En el caso de contar con establecimiento físico:
En el caso de contar con trabajadores:
Según las características de la actividades empresarial o profesional:
AVISO: Todos los trámites son orientativos, pueden cambiar en cualquier momento.
Consulta y Asesórate a través de tu AEDL o punto de asesoramiento empresarial más cercano
A modo de resumen
Si optas por ser un empresario individual debes tener en cuenta los siguientes trámites y obligaciones de carácter general:
Al inicio de la actividad:
- Alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores (modelo 036)
- Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)
- Alta como Emprendedor de Responsabilidad Limitada (opcional)
- Libro de visitas (No obligatorio)
- Trámites específicos según la actividad de la empresa
- Si se vas a contratar trabajadores:
- Inscripción de la empresa en la Seguridad Social
- Comunicación de apertura de centro de trabajo
- Afiliación y alta de trabajadores al Régimen General de la Seguridad Social
- Contratos de trabajo (SEXPE)
- Si vas a tener un local:
- Licencia de obra
- Licencia de apertura
- Hoja de reclamaciones
- Comunicación de apertura de centro de trabajo
Una vez iniciada la actividad:
- Agencia Tributaria:
- Pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las
- Personas Físicas (IRPF), de carácter trimestral.
- Declaración-liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), de carácter trimestral y anual
- Seguridad Social:
- Cuota de Autónomo de la Seguridad Social.
NOTA IMPORTANTE
En www.emprendemonfrague.es se encuentra toda la información de los servicios existentes que los futuros emprendedores tienen a su disposición para asesorarse y comenzar su actividad en la comarca de Monfragüe y su Entorno.