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El inicio de una actividad económica empresarial origina un conjunto de obligaciones fiscales. Algunas anteriores al inicio de la actividad y otras que deben cumplirse durante su desarrollo.

Iniciada la actividad, los ingresos percibidos por los empresarios individuales o autónomos tributan por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), pagos fraccionados y declaración anual. Las sociedades mercantiles tributan por el Impuesto sobre Sociedades (IS), pagos fraccionados y declaración anual.

Además, se deben cumplir las obligaciones relativas al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), declaraciones informativas (operaciones con terceros, declaración anual de retenciones, etc.) y otras que correspondan, en función de las actividades desarrolladas.

 

RECUERDA: Consulta a tu Agente de Empleo y Desarrollo Local más cercano.